En marcha la prohibición de hacer fuego al bosque

Hasta el 15 de octubre no se puede hacer fuego a los terrenos forestales sin autorización

Arranca un año más la campaña de prevención de incendios forestales. Así, desde este lunes, 15 de marzo, y hasta el 15 de octubre, no se puede encender fuego en terreno forestal. Una prohibición, recogida en el Decreto 64/1995, que tiene como objetivo establecer una serie de medidas para prevenir los incendios forestales.

La norma regula que en los terrenos forestales, estén o no poblados de especies arbóreas, y en la franja de 500 metros que los rodea no se puede encender fuego, sea qué sea la finalidad.

Especialmente, no se pueden quemar restos de poda y de aprovechamientos forestales, agrícolas o de jardinería, ni márgenes próximos a zonas forestales sin una autorización expresa del Departamento de Agricultura.

Tampoco se pueden hacer fuegos de recreo ni otros relacionados con la apicultura. Dentro de las áreas recreativas y de acampada y en parcelas de las urbanizaciones, se podrá hacer fuego cuando se utilicen barbacoas de obra con mataguspires.

También queda prohibido tirar objetos encendidos; abocar basura y restos vegetales e industriales de cualquier tipo que puedan ser la causa del inicio de un fuego; lanzar cohetes, fuegos de artificio u otros artefactos que contengan fuego, y utilizar sopletes o similares en obras realizadas en vías de comunicación que trabaran terrenos forestales.

 
Destacamos